Su uso es obligatorio a partir de hoy, jueves «con independencia de la distancia interpersonal» Estas son las únicas excepciones al uso obligatorio de mascarilla:
- En restaurantes o lugares de consumo «en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas», en cualquier otra circunstancia deberá llevarse puesta.
- En playas y piscinas se deberá usar para los desplazamientos y paseos. Sin embargo, no será exigible durante el baño y «mientras se permanezca en un espacio quieto determinado», siempre y cuando se pueda respetar la distancia de metro y medio entre las personas.
- No será tampoco exigible para las personas que presenten una enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda agravar por el uso de la mascarilla o que, «por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela», ni tampoco será obligatorio para las personas que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Y por último, no es obligatoria para hacer deporte individual al aire libre, aunque Nekane Murga,consejera de salud del Gobierno Vasco ha aconsejado su uso cuando se hace uso e la bicicleta en por haber interacción con otras personas