La mascarilla en la playa: sólo cuando se pasee

La mascarilla solo será obligatoria en playas y piscinas cuando se pasee. En el borrador que Darias presentará hoy a las comunidades se permite no usar el tapabocas en los momentos de «descanso» y siempre que haya 1,5 metros de distancia con «no convivientes»

El texto mantiene no obstante la obligación de portar la protección de nariz y boca si las personas se encuentran en movimiento. O sea seguirá siendo obligatoria durante los paseos por la playa, con independencia de la masificación o no que exista. Solo la práctica deportiva en estos espacios seguirá eximiendo, como hasta ahora, del uso del tapabocas.

La propuesta declara actividades incompatibles con el uso de la mascarilla:

– El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.

 La práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.

– Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.

– Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.

– Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

En cambio, propone el uso obligatorio de la mascarilla:

– El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.

– El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.


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