El Constitucional sopesa anular las multas por incumplir el confinamiento. Durante el primer estado de alarma se impusieron más de un millón de multas, parte de las cuales por incumplir la restricción de movimiento.
La nulidad afectaría a los procedimientos que aún están en marcha, pero no a aquellos ya cerrados de forma definitiva. Entre las anuladas estarían todas las que aún no se han pagado. Entre las que no, aquellas ya pagadas en las que hubiera pasado ya el plazo de reclamación. La sanción más habitual era la mínima por desobediencia, de 601 euros. En realidad, esas multas ya han sido anuladas en numerosas ocasiones. Parte de los jueces a los que llegaban los recursos han considerado que no se podía aplicar a los incumplimientos del confinamiento las sanciones previstas en la Ley de Seguridad Ciudadana, como proponía Interior.