El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto que regulará la fórmula del teletrabajo para todo el personal empleado del sector público de la CAE. Este Decreto recoge unos mínimos comunes de referencia que posteriormente deberán ser adaptados a las especificidades propias de cada ámbito sectorial.
Como antecedente a este proyecto de Decreto, en el año 2012, se abordó una regulación pionera del teletrabajo mediante la aprobación del Decreto 92/2012, de 29 de mayo, que reguló el teletrabajo para el personal empleado público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos de manera satisfactoria y de la que se están beneficiando en la actualidad más de 900 empleados públicos.
Por ello, este Decreto abre ahora la posibilidad de acceder a la modalidad de teletrabajo a un mayor número de empleados públicos de la administración general, organismos autónomos, los diferentes sectores (Educación, Salud, Seguridad y Justicia) y a los entes públicos de derecho privado, sociedades públicas y fundaciones y consorcios del sector público.
El Decreto aborda una modalidad con carácter general de dos jornadas completas de teletrabajo a la semana, dejando abierta la posibilidad de ampliar esas jornadas dependiendo de las peculiaridades de cada sector. Esta modificación se desarrollará, en su caso, posteriormente en la mesa de negociación colectiva de cada ámbito sectorial.
El teletrabajo tendrá carácter voluntario y reversible, si bien los puestos de trabajo cuya prestación efectiva solo quede garantizada con presencia física del empleado o empleada en el centro de trabajo no podrán ser ejercidos mediante esta modalidad.
Asimismo, en cada sector se creará una comisión de seguimiento del teletrabajo para el control y supervisión de esta modalidad laboral.
Bingen Zupiria, portavoz.