El ministerio de Consumo sanciona a varias aerolíneas por no contar con un teléfono de atención gratuita o, en caso de existir, por la dificultad de acceso. Esto supone un incumplimiento de las obligaciones legales en cuanto a servicios de atención al cliente.
Estas irregularidades podrían ser multadas por ser infracciones leves con multas de entre 150 y 10.000 euros, y entre 10.000 y 100.000 euros, en el caso de ser graves. Además, en el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones podrían incluso multiplicarse según el beneficio obtenido. El transporte aéreo, al tener consideración de servicio básico de interés general cuenta con una normativa clara. Indica que el teléfono tiene que ser accesible a todos los consumidores y que tiene que tener carácter gratuito.