
En la vida, hay momentos en los que ya no podemos decidir por nosotros mismos. Un ictus, una enfermedad neurodegenerativa o un accidente grave pueden dejarnos en una situación en la que otros tengan que elegir por nosotros o que incluso tengan que dedicar su vida a cuidarnos. Para dejar claras nuestras decisiones, existe el Documento de Voluntades Anticipadas (DVA), más conocido como testamento vital. Con él, cualquier persona puede dejar por escrito qué tratamientos desea recibir o rechazar si en el futuro pierde la capacidad de expresarse. Osakidetza facilita su registro para garantizar que estas decisiones sean respetadas cuando llegue el momento. Aquí te dejamos cómo puedes acceder a él y qué requisitos son necesarios.
Pasos para crear tu DVA en Euskadi
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Reflexiona sobre tus valores y preferencias: Antes de redactar el documento, es esencial considerar tus deseos respecto al final de la vida y situaciones de grave limitación física o psíquica.
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Consulta con profesionales sanitarios: Habla con tu médico de familia o personal sanitario de tu centro de salud para resolver dudas y recibir asesoramiento sobre las implicaciones de tus decisiones.
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Redacta el documento: Incluye tus instrucciones sobre tratamientos médicos, donación de órganos y otros aspectos relevantes. Puedes designar a uno o más representantes que actúen en tu nombre si no puedes expresar tu voluntad.
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Formaliza el DVA: En Euskadi, puedes otorgar validez al documento de las siguientes maneras:
- Ante tres testigos: Deben ser mayores de edad, con plena capacidad, y no tener parentesco hasta segundo grado ni intereses patrimoniales contigo.
- Ante notario/a: No se requieren testigos en este caso.
- Ante personal sanitario habilitado: Desde enero de 2024, médicos y enfermeras de Osakidetza pueden registrar el DVA, facilitando el proceso.
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Registra el DVA: Es recomendable inscribir el documento en el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas para garantizar su disponibilidad cuando sea necesario. Puedes hacerlo a través de las delegaciones territoriales de salud o mediante los profesionales sanitarios habilitados.
Registro
El registro de Voluntades Anticipadas se puede formalizar directamente ante la persona encargada del Registro, quien gestionará todos los trámites, incluida la inscripción. Para ello, es necesario solicitar cita previa y acudir a la oficina correspondiente.
Si se va a realizar con testigos o ante notarios la inscripción se puede hacer de dos formas.
- Tramitación electrónica: Se debe enviar el DVA escaneado, junto con los DNI de los testigos (si los hay) y de los representantes designados (si se han nombrado). El proceso se realiza a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco.
- Tramitación en papel: Hay que descargar y cumplimentar la solicitud de inscripción. En un sobre cerrado hay que guardar: el documento original de voluntades anticipadas firmado por todas las personas intervinientes y fotocopias del DNI de los testigos y/o representantes. Si el testamento vital se ha realizado ante notario se debe enviar una copia auténtica junto con la fotocopia del DNI del otorgante. Esta documentación debe enviarse por correo certificado.
También se puede presentar la documentación a través de otras administraciones, como Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud, Ayuntamientos, Subdelegaciones del Gobierno y Centros de Salud.
Recuerda que el DVA puede ser modificado o revocado en cualquier momento mientras mantengas tu capacidad para tomar decisiones. Para más información y acceso a modelos orientativos del documento, visita la página oficial del Gobierno Vasco.